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Cuánto cuesta dar de alta la luz: claves para pagar menos

Dar de alta la luz cuesta entre 93 € y 424 €, IVA incluido, según la potencia que contrates y el estado en que esté el suministro. Ese es todo el misterio: los tres conceptos que se pagan están fijados por el Estado, son idénticos en toda España y no dependen de la compañía que elijas.

Lo que sí cambia —y mucho— es cuál de esos tres conceptos te toca pagar. Un cambio de titular cuesta 0 €. Volver a dar de alta la luz en un piso que lleva un año vacío, unos 120 €. Poner la luz por primera vez en una vivienda de obra nueva, más de 400 € con el boletín eléctrico incluido. Misma vivienda, mismo contador, tres facturas muy distintas.

En esta guía tienes el precio del alta de luz en 2026 calculado kilovatio a kilovatio, los cuatro escenarios posibles, lo que la nueva normativa ya prohíbe cobrarte desde febrero de 2026 y las decisiones que reducen la factura del primer año.

Calculadora de alta

¿Cuánto te cuesta dar de alta la luz?

Elige tu caso y la potencia. Te calculamos los derechos regulados que cobra la distribuidora, iguales con cualquier compañía. Viene con un ejemplo: cámbialo por tus datos.

Potencia
Derechos de extensión0 €
Derechos de acceso0 €
Derechos de enganche0 €
IVA (21 %)0 €
Total0 €

Cuánto cuesta dar de alta la luz según la potencia contratada

Esta es la tabla que resuelve la pregunta. A la izquierda, la potencia; a la derecha, lo que cuesta el alta eléctrica en los dos casos más frecuentes: un alta nueva (nunca ha habido luz, o la baja tiene más de tres años) y una reactivación (el suministro se dio de baja hace menos de tres años).

Potencia contratadaAlta nueva (con IVA)Reactivar la luz (con IVA)Vivienda tipo
3,45 kW165,73 €93,19 €Estudio o piso pequeño sin vitrocerámica
4,60 kW217,32 €120,61 €Piso medio de 2-3 habitaciones
5,75 kW268,91 €148,03 €Vivienda con vitrocerámica y horno
6,90 kW320,51 €175,45 €Casa grande o con aire acondicionado
9,20 kW423,69 €230,28 €Chalet, calefacción eléctrica o local

A estas cifras hay que sumarles el boletín eléctrico solo si te lo exigen (entre 70 € y 300 €, lo vemos más abajo) y restarles todo si lo tuyo es un cambio de nombre: eso es gratis por ley. Si el suministro es para un negocio, tienes los importes con potencias de local en dar de alta la luz en un local.

Los tres costes regulados del alta de luz

El precio de dar de alta la luz no lo pone tu comercializadora: lo pone el Ministerio. Se llaman derechos de acometida y son tres conceptos que se pagan a la distribuidora —la dueña de los cables y del contador, que te viene impuesta por zona— aunque los cobre tu comercializadora en la primera factura que recibas.

ConceptoImporte sin IVAQué pagaCuándo se paga
Derechos de extensión17,374714 €/kWReforzar la red para llevar potencia hasta tu punto de suministroAltas nuevas, bajas de más de 3 años y subidas de potencia
Derechos de acceso19,703137 €/kWEl derecho a usar la red de transporte y distribuciónCualquier contratación o reactivación
Derechos de enganche9,044760 € fijosLa actuación técnica de conectar el contador a la redSiempre que hay que enganchar la luz

Derechos de extensión: 17,37 €/kW

Cubren la parte de red que hay que reservar para tu vivienda. Son los más caros de esquivar y los más fáciles de conservar: tienen una vigencia de tres años en baja tensión. Si el piso llevaba menos de tres años sin luz, siguen vivos y no se vuelven a pagar. Si llevaba más, se pierden y hay que abonarlos enteros.

Cuando solo subes potencia, se pagan únicamente sobre los kilovatios nuevos. Pasar de 3,45 kW a 4,60 kW son 1,15 kW de diferencia: 19,98 € + IVA en concepto de extensión, no los 79,92 € de la potencia completa. Tienes todos los pasos y costes en cómo cambiar la potencia contratada.

Derechos de acceso: 19,70 €/kW

Retribuyen el uso de la red eléctrica. A diferencia de los de extensión, se pagan siempre que se contrata o se reactiva un suministro, aunque el punto lleve dado de baja solo un mes. Es el concepto que hace que reactivar la luz nunca salga completamente gratis. Si dudas entre dar de baja la luz de una casa que usas poco o mantenerla, echa las cuentas en la tarifa de luz para segunda residencia.

Derechos de enganche: 9,04 €

Es lo que cuesta la operación física de enganchar la luz: que alguien conecte el contador. Son 9,044760 € fijos, da igual que contrates 3,45 kW o 9,20 kW. Es el único de los tres que no se multiplica por la potencia.

El IVA del 21 %

Los tres derechos llevan el IVA general del 21 %. Cuando el Gobierno aprueba rebajas temporales del IVA eléctrico, afectan al consumo y al término de potencia de la factura, no a los derechos de alta. Si un presupuesto te sale más barato de lo que dice la tabla de arriba, casi siempre es porque te lo han dado sin IVA.

El precio del alta de luz según tu caso

Antes de pedir presupuesto conviene saber en cuál de estos cuatro escenarios estás, porque la diferencia entre el primero y el tercero puede pasar de 400 € a cero.

Poner la luz por primera vez en una vivienda nueva

Es el caso más caro. Dar de alta la luz por primera vez obliga a pagar los derechos completos de extensión, acceso y enganche sobre toda la potencia, más el boletín eléctrico obligatorio. Para una vivienda media de 4,60 kW, el total realista está entre 290 y 400 € contando el certificado.

Antes de aceptar el presupuesto, comprueba una cosa: en muchas promociones de obra nueva la promotora ya ha pagado la acometida y los derechos de extensión de todo el edificio. Si es tu caso, te ahorras la partida más grande. Pídele a la promotora el justificante o pregunta directamente a la distribuidora por el CUPS de tu vivienda.

Volver a dar de alta la luz en una vivienda de segunda mano

Es la situación más habitual: compras o alquilas un piso que lleva un tiempo vacío y la luz está dada de baja. Aquí todo depende de cuánto tiempo lleve sin suministro.

  • Menos de tres años. Los derechos de extensión siguen vigentes y no se vuelven a pagar. Solo abonas acceso y enganche: unos 120 € para 4,60 kW.
  • Más de tres años. Los derechos de extensión han caducado. Se paga el alta nueva completa: 217 € para esa misma potencia, y probablemente también el boletín.

Esos tres años son la frontera más rentable de todo el trámite y casi nadie la comprueba antes de firmar. La fecha exacta de la baja te la puede dar la distribuidora de tu zona con el CUPS en la mano, y también aparece en el sistema de información de puntos de suministro que consulta cualquier comercializadora.

Cambio de titular con el suministro activo: 0 €

Si la vivienda tiene la luz dada y funcionando, no hay que dar de alta nada: basta con cambiar el titular del contrato. Y eso es gratis, no por cortesía de la compañía, sino porque el reglamento eléctrico lo prohíbe expresamente: ni la comercializadora ni la distribuidora pueden cobrar cantidad alguna por expedir el nuevo contrato derivado de un cambio de titularidad.

En este trámite no interviene la distribuidora, no hay corte de suministro, se mantiene la potencia contratada y la instalación existente, y suele completarse en 1 a 5 días hábiles. La normativa añade algo aún más importante: en los contratos de arrendamiento, el cambio de nombre no se puede tratar como una baja y una nueva alta. Si una comercializadora te lo plantea así y te pasa un presupuesto de derechos de acometida, está incumpliendo la norma.

De ahí sale el consejo que más dinero ahorra de toda esta guía: pide al anterior propietario o inquilino que no dé de baja la luz. Un cambio de titular en lugar de un alta nueva son entre 100 y 250 € que no pagas.

Reenganche tras un corte por impago: 21,89 €

Cuando la luz se ha cortado por impago, el coste del reenganche está tasado: es exactamente el doble de los derechos de enganche vigentes. Es decir, 18,09 € + IVA, 21,89 € en total. No es un rango que dependa de la distribuidora ni una cifra negociable, y cualquier importe distinto merece una reclamación.

Los plazos también están fijados. Una vez pagada la deuda, la comercializadora tiene 12 horas para pedir la reconexión a la distribuidora, y el suministro debe restablecerse en un máximo de 24 horas para consumidores en PVPC y para personas físicas en su vivienda habitual con hasta 10 kW contratados.

Hay un límite que conviene no rebasar: si la interrupción del suministro se prolonga más de dos meses, el contrato de acceso se resuelve. A partir de ahí ya no hay reenganche que valga y toca tramitar un alta nueva completa con todos sus derechos.

Y al revés: si el corte fue injustificado o erróneo por una actuación de la comercializadora, es ella quien asume la reconexión y quien debe abonarte a ti una compensación equivalente al doble de los derechos de enganche.

¿Estás pagando mucho en tu factura?

Revisamos tu factura y, si hay una opción mejor, te la explicamos y gestionamos el cambio solo si tú quieres. Analizamos tu consumo, ajustamos tu potencia y comparamos las ofertas de las comercializadoras con las que trabajamos, siempre gratis.

El boletín eléctrico: cuándo te lo pueden exigir y cuánto cuesta

El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), conocido como boletín eléctrico, es el papel que acredita que la instalación de la vivienda cumple las condiciones técnicas. Es el único coste importante del alta que no está regulado, y por eso es donde más se puede ahorrar comparando.

Te lo pueden exigir en estos casos:

  • Viviendas de obra nueva o primera ocupación.
  • Ampliaciones de potencia por encima del máximo que autoriza el boletín actual.
  • Altas nuevas en instalaciones con un boletín de más de 20 años.
  • Cuando la distribuidora detecta deficiencias técnicas en la instalación.

Hay una excepción que vale dinero y que conviene tener a mano. En los cambios de titularidad en baja tensión de contratos con más de veinte años de antigüedad, si no se modifican ni las condiciones técnicas ni la modalidad de peaje, la distribuidora no puede pedirte un nuevo certificado de instalación ni una verificación. Si el suministro sigue activo y solo cambias el nombre, no hay boletín que pagar por antigua que sea la instalación.

Tipo de instalaciónPrecio del boletín eléctrico
Instalación reciente y sencilla70 – 80 €
Vivienda estándar100 – 186 €
Instalación compleja o con adaptaciones250 – 300 €

A ese importe pueden sumarse la tasa autonómica de registro en Industria (entre 30 y 40 € según la comunidad), el Boletín Azul (BRIE) o la declaración responsable en comunidades como Cataluña, y los derechos de verificación, unos 8 €, si la distribuidora necesita revisar la instalación eléctrica y no aportas un boletín válido.

Lo que ya no te pueden cobrar al dar de alta la luz

Desde el 12 de febrero de 2026 está en vigor un nuevo reglamento de suministro eléctrico que ha derogado buena parte de las reglas de contratación que llevaban en pie desde el año 2000. Hay tres cambios que afectan directamente a lo que pagas por un alta y que todavía no se han trasladado a la mayoría de presupuestos:

  • Se acabó el depósito de garantía. Durante años, la distribuidora podía exigir en algunas altas nuevas un depósito equivalente a unas 50 horas de consumo estimado. Ese artículo está derogado. Hoy la norma es tajante: la distribuidora no puede exigir el pago de ninguna cantidad anticipada, y ni ella ni la comercializadora pueden repercutirte importe alguno por depósito de garantías.
  • Nada por el cambio de titularidad. Ni comercializadora ni distribuidora pueden cobrar por expedir el contrato nuevo. Y el cambio de nombre del usuario efectivo con justo título se tramita sin más trámites, sin que quepa disfrazarlo de baja más alta.
  • Sin boletín en cambios de titular de más de 20 años. La instalación antigua ya no es excusa para exigir un CIE nuevo cuando solo cambia el nombre y no se tocan las condiciones técnicas.

Hay una novedad más que no ahorra dinero en el alta pero sí en la factura: el contrato de acceso y la información del punto de suministro deben recoger ahora el valor en kW de los derechos de extensión y de acceso reconocidos. Traducido: puedes saber de antemano hasta qué potencia puedes subir en esa vivienda sin pagar extensión, y si el punto conserva derechos de una potencia mayor de la que vas a contratar.

Cuánto cuesta dar de alta la luz con Endesa, Iberdrola o Naturgy

Es una de las búsquedas más repetidas y la respuesta decepciona un poco: los derechos de alta son idénticos con cualquier comercializadora. Los fija el Estado, se pagan a la distribuidora de tu zona y la compañía que elijas solo hace de intermediaria, cobrándotelos en la primera factura que recibas.

Lo que sí cambia entre unas y otras es todo lo demás, y ahí sí hay diferencias de tres cifras al año:

  • El precio del kWh y del término de potencia que te apliquen.
  • Si la tarifa es de precio fijo, indexada o con discriminación horaria en periodos valle, llano y punta.
  • Los servicios adicionales de mantenimiento o asistencia que muchas incluyen por defecto y que suman entre 3 y 9 € al mes.
  • La permanencia y las penalizaciones por baja anticipada.

Por eso la pregunta útil no es cuánto cobra cada compañía por el alta, sino cuánto te va a costar el primer año completo. El alta se paga una vez; la tarifa, doce meses.

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Cómo pagar menos en el alta de luz: 8 decisiones

Parte del coste está regulado y no se puede tocar. El resto sí, y estas son las decisiones que más notamos en los estudios que hacemos:

  1. Evita que el anterior titular dé de baja el suministro. Si la vivienda ya tiene luz, el cambio de titular es gratuito. Un alta nueva puede superar los 200 €. Es la decisión más rentable de la lista y se toma antes de firmar el contrato de alquiler o de compraventa.
  2. Comprueba cuánto lleva la luz dada de baja. Por debajo de tres años conservas los derechos de extensión y te ahorras 17,37 € por cada kW que contrates.
  3. Ajusta la potencia contratada a lo que realmente necesitas. Cada kilovatio de más encarece el alta en 37 € y sube el término fijo de la factura todos los meses del año. Ojo, porque una vez modificada la potencia, la distribuidora solo está obligada a aceptar otro cambio pasados doce meses: merece la pena hacer el cálculo bien a la primera.
  4. Pregunta por los derechos de extensión que ya tiene el punto de suministro. Si la vivienda tenía reconocidos 5,75 kW y contratas 4,60 kW, no pagas extensión por nada; y si algún día subes, tampoco.
  5. Pide dos o tres presupuestos para el boletín eléctrico. Es el único concepto libre y la diferencia entre instaladores autorizados llega a duplicarse en viviendas antiguas.
  6. Revisa los servicios adicionales antes de firmar. El mantenimiento y la asistencia técnica son opcionales, aunque vengan marcados por defecto. Nueve euros al mes son 108 € al año.
  7. Solicita el bono social si cumples los requisitos. El descuento regulado para consumidores vulnerables supera en muchos casos cualquier oferta del mercado libre.
  8. Compara la tarifa, no el alta. Los derechos son iguales en toda España; el precio de la energía no. Ahí está la diferencia real entre pagar de más o no durante el resto del contrato.

Cuánto cuesta dar de alta la luz y el agua

Si te mudas a una vivienda sin suministros, tendrás que dar de alta los dos. Funcionan de forma muy distinta. La luz tiene unos derechos de alta regulados e iguales en toda España, que puedes calcular al céntimo con la calculadora de arriba. El agua, en cambio, es un servicio municipal (la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local obliga a todos los municipios a prestar el abastecimiento domiciliario de agua potable, en su artículo 26.1.a), así que cada ayuntamiento o su empresa de aguas fija sus propios importes de contratación, fianza o acometida.

Para dar de alta el agua, busca en la web de la empresa de aguas de tu municipio la tarifa de contratación y los documentos que pide, que suelen incluir la identificación del titular y el título que te da derecho a usar la vivienda, como la escritura o el contrato de alquiler. Y si la vivienda ya tiene la luz dada, no des de alta nada: basta con un cambio de titular, que es gratis.

Un ejemplo de cómo funciona el agua: en la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II indica que el titular del contrato puede ser el propietario, el adjudicatario o el arrendatario de la vivienda. En un piso con el contador en la batería del edificio, el alta factura un anticipo de consumo, el contador y el desplazamiento con la mano de obra. En una vivienda nueva pide además la licencia de primera ocupación o la declaración responsable y el certificado de la instalación interior de agua (requisitos para el alta de suministro del Canal de Isabel II). En otros municipios los conceptos y los importes cambian, así que pregunta el coste antes de firmar.

Preguntas frecuentes sobre el precio del alta de luz

¿Cuánto cobran por poner la luz por primera vez?

Entre 166 € y 424 € solo de derechos regulados, según la potencia que contrates, más el boletín eléctrico, que es obligatorio en obra nueva y cuesta entre 70 y 300 €. Para un piso medio de 4,60 kW, cuenta con unos 290-400 € en total.

¿Cuánto cuesta volver a dar de alta la luz?

Si la baja tiene menos de tres años, unos 93 € para 3,45 kW y 120 € para 4,60 kW, porque solo se pagan los derechos de acceso y de enganche. Si tiene más de tres años, el precio es el de un alta nueva completa.

¿Qué se necesita para dar de alta la luz?

El código CUPS del punto de suministro, el DNI del titular, la dirección exacta con referencia catastral, un número de cuenta bancaria para la domiciliación y, si te lo exigen, el boletín eléctrico en vigor. Con eso el alta se tramita online en unos minutos.

¿Cómo dar de alta la luz y el agua?

Son dos trámites separados. La luz se contrata con la comercializadora que elijas, con el CUPS, el DNI y, si te lo piden, el boletín, y sus derechos de alta son iguales en toda España. Para dar de alta el agua hay que acudir a la empresa de aguas de tu municipio, que fija sus propios importes y documentos: en la Comunidad de Madrid, por ejemplo, el Canal de Isabel II pide la solicitud, el DNI y la fecha de vinculación con la vivienda y, en obra nueva, la licencia de primera ocupación o la declaración responsable.

¿Qué se paga por reconectar la luz tras un corte?

21,89 € con IVA, el doble de los derechos de enganche. El suministro debe restablecerse en un máximo de 24 horas desde que se acredita el pago de la deuda.

¿Cuánto se tarda en dar de alta la luz?

Un cambio de titular, entre 1 y 5 días hábiles. Un alta nueva con boletín en regla, en torno a 5-7 días hábiles desde que la distribuidora recibe la solicitud. Lo que suele retrasar el trámite no es la compañía, sino que falte el CIE o que el CUPS esté mal.

¿Se puede dar de alta la luz sin boletín?

Sí, siempre que la instalación tenga un certificado en vigor y no estés en ninguno de los supuestos que obligan a renovarlo. En reactivaciones de viviendas de segunda mano con instalación correcta lo habitual es no necesitar uno nuevo, y en cambios de titular de contratos con más de veinte años la distribuidora no puede exigírtelo.

Fuentes

¿Estás pagando mucho en tu factura?

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